Por Carlos Eduardo Guerra
Algunas consideraciones jurídicas sobre la reforma de la Ley Orgánica del trabajo y su inconstitucionalidad
Lo primero que tendríamos que decir es que ofrecer la reforma de una Ley Orgánica en el marco de una Ley Habilitante es, por lo menos, un sinsentido jurídico y la derogación del principio de jerarquía normativa establecido en nuestra Constitución.
De hecho, establece el artículo 203 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela lo siguiente:
Artículo 203. Son leyes orgánicas las que así denomina esta Constitución; las que se dicten para organizar los poderes públicos o para desarrollar los derechos constitucionales y las que sirvan de marco normativo a otras leyes.
Todo proyecto de ley orgánica, salvo aquel que esta Constitución califique como tal, será previamente admitido por la Asamblea Nacional, por el voto de las dos terceras partes de los o las integrantes presentes antes de iniciarse la discusión del respectivo proyecto de ley. Esta votación calificada se aplicará también para la modificación de las leyes orgánicas. Continuar leyendo «LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO Y SU REFORMA MEDIANTE LEY HABILITANTE»