Por Omar Arenas Pérez
Los gobernantes deben entender los derechos políticos como parte fundamental de los derechos humanos, y comprender su importancia para las democracias modernas.
Los derechos políticos como categoría de derechos humanos de primera generación, se encuentran presentes en todas las cartas de reconocimiento de derechos inherentes a las personas, tanto en las de carácter universal, como en las de carácter regional.
Con el devenir de los tiempos y como resultado de las constates luchas y contiendas, y más especialmente con las libradas en la década de los 60, el reconocimiento de los derechos políticos ha quedado materializado en la consagración de documentos específicos y especializados, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966.
El derecho del individuo a tomar parte en el gobierno, directamente o por intermedio de representantes libremente elegidos, es el derecho que tiene todo ciudadano adulto a acceder al proceso o procesos que le permitan su ejercicio efectivo. Todos tienen derecho a formar parte del gobierno nacional, a crear un partido u organización política o a adherirse a ellos, y a ejercer efectivamente los derechos políticos esenciales, ya que sin ellos la participación carecería de sentido. A la par de ello, todos tienen derecho a la seguridad y a la protección general de sus derechos humanos.
Lamentablemente los derechos de los ciudadanos están en una constante batalla con quienes detentan el poder, como consecuencia de los abusos que a menudo de él se hace. Afectando y limitado el ejercicio de las libertades tan duramente conquistadas.
Para comprender parte de los derechos humanos, es importante conocer que el componente de derechos políticos y electorales no debe ignorarse, en la medida en que los aplicables al contexto electoral no pueden estar sometidos a ninguna derogación, mientras que otros pueden sólo limitarse conforme a la ley y, entre otras limitaciones, en la amplitud razonablemente necesaria en una sociedad democrática.
En tal sentido, para que sea efectivo el ejercicio del derecho al sufragio, por ejemplo, debe existir libertad de expresión, reunión y asociación, como requisitos indispensables. Los derechos políticos, como la libertad de opinión y la libertad de reunión o de intercambio de ideas e información, son esenciales para la consolidación del estado de derecho.
En un estado democrático, es importante mantener permanentemente el diálogo y, consiguientemente, la presión y supervisión sobre la práctica nacional para garantizar la respectiva adecuación de las normativas internacionales.
En derecho internacional, las obligaciones no son en término general autoejecutables, sino que deben ser objeto de incorporación y aplicación en el plano nacional. Aunque los instrumentos de los derechos humanos, ya sean universales o regionales, no incluyen formalmente la obligación de promulgar una legislación especial.
Por otra parte, ya que los partidos son instituciones necesarias para la democracia, estos tienen derecho a presentar candidatos, y el estado tiene el deber de disponer de procedimientos de control para asegurar la apropiada protección de los derechos políticos. Cuando se trata de partidos políticos, únicamente razones convincentes y de peso pueden justificar restricciones a la libertad de asociación y participación.
Si bien es cierto que los estados tienen un amplio margen para ejercer su propio criterio cuando establecen las condiciones de admisibilidad de los partidos políticos. El principio según el cual los derechos deben ser efectivos implica que el procedimiento de admisibilidad contenga suficientes garantías para prevenir la adopción de decisiones arbitrarias. Salvo, sólo por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena por sentencia definitiva emitida por un juez competente, previo proceso penal. Solo así se puede limitar el ejercicio de los derechos políticos.
Los estados gozan de una amplia libertad de elección para determinar el camino para alcanzar el objetivo internacionalmente requerido. Actualmente, a inicios del segundo milenio, ese imperativo continúa vigente, en un contexto social y político que debe garantizar la libre expresión de la voluntad de los pueblos. El conjunto de experiencias propias y ajenas, hace que se ponga mayor énfasis en la dimensión de los derechos humanos que subyace en el principio de libertades políticas y la necesidad esencial de protegerlos sin discriminación, como una condición de democracia, que implica el respeto a los derechos políticos.
@omararenas
omararenas@dialogopolitico.net