EL DERECHO A LA SALUD, GARANTÍA O PRIVILEGIO

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Por Omar Arenas Pérez

El Derecho a la Salud considerado un derecho indispensable a la propia naturaleza del hombre, que bajo ningún concepto debe ser cuestionado ni vulnerado. Su ejercicio se supone necesario para garantizar la base material de los derechos fundamentales.

Se trata de un derecho humano de segunda generación, reconocido por los gobiernos a partir de la Primera Guerra Mundial, su importancia y carácter social lo han convertido en un derecho de alcance universal. Y se refiere a la obligación de asistencia sanitaria universal como principio de salud devenido de la condición humana. Continuar leyendo «EL DERECHO A LA SALUD, GARANTÍA O PRIVILEGIO»

EL EJEMPLO EMPIEZA POR CASA. LA ILEGALIDAD MÁS ALLÁ DE NUESTRAS FRONTERAS

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Por Mariale Mikelson

El pasado 10 de septiembre se cumplió el año de preaviso necesario para materializar formalmente la salida de Venezuela de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, salida catalogada por el mismo Nicolás Maduro como “acertada y justa”.

En su momento diversos artículos, notas de prensa, reportajes y opiniones coincidieron en que la salida de Venezuela de la CIDH violaba, flagrantemente, la Constitución Nacional en su Capítulo relativo a los “Derechos Humanos, garantías y deberes”, a otros artículos que dan rango constitucional a los tratados sobre Derechos Humanos y a la mismísima Convención; así mismo, coincidieron en la pérdida, por parte de los venezolanos, de un derecho adquirido y de orden constitucional, como lo es el Derecho de Petición Internacional; concluyendo que una vez más, el Gobierno de Nicolás Maduro violó la Constitución Nacional. Continuar leyendo «EL EJEMPLO EMPIEZA POR CASA. LA ILEGALIDAD MÁS ALLÁ DE NUESTRAS FRONTERAS»

VENEZUELA ANTE LA CIDH, EN UN MOMENTO DE CRISIS INSTITUCIONAL

Por Omar Arenas Pérez

En un momento en que Venezuela pretende sustituir a la CIDH, para desprenderse de sus responsabilidades internacionales.

Recientemente el Estado venezolano, advierte sobre su intención de salida de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH, argumentando en esta declaración, el cuestionamiento que este organismo ha hecho en reiteradas ocasiones sobre algunas de las políticas del gobierno venezolano. El discurso de las autoridades venezolanas se ha fundamentado en la influencia de los EEUU dentro de este sistema de integración regional.

Tal propósito de abandonar la Organización, se traduce en un grave intento por parte del gobierno venezolano en desestabilizar el sistema internacional regional. Cierto es que  la Organización de Estados Americanos OEA, impulsó desde su seno,  uno de los avances en  materia de derechos humanos  mas significativos en la historia de la humanidad. En el año 1978 entró en vigor la Convención Americana sobre protección de los derechos del hombre, cuyo texto se caracteriza por incluir novedades en cuanto a derechos protegidos.

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VENEZOLANOS DEVUELTOS. ¿ARBITRARIEDAD O FALTA DE INFORMACIÓN?

Por Francisco X. Yrausquin

Sobre este tema se ha hablado mucho, pero no se ha intentado colocar las piezas para impulsar una solución real al problema, las cifras cada día aumentan.

Actualmente existe un numeroso grupo de venezolanos que son devueltos a Venezuela por falta de requisitos para poder ingresar a España. Aún existiendo convenios entre Venezuela y España en donde no se establece la necesidad de una visa para poder entrar a los países europeos de parte de los venezolanos, muchos ciudadanos de dicha nacionalidad se levanta expediente para ser devueltos a su país de origen. Causando incomodidades a estas personas y de esta manera lesionando en algunos casos sus derechos y finalmente las relaciones entre ambos países al causar incomodidades a los ciudadanos venezolanos y las notas que han surgido de las diversas cancillerías.

Este problema surge en muchos casos por falta de información, en otros según veremos aún cuando se cumplen cabalmente los requisitos, hay algunos casos que por arbitrariedad de las autoridades a cargo de la seguridad del aeropuerto se hace la devolución correspondiente. Continuar leyendo «VENEZOLANOS DEVUELTOS. ¿ARBITRARIEDAD O FALTA DE INFORMACIÓN?»

VENEZUELA, DERECHOS HUMANOS, DERECHO A LA SEGURIDAD

Por Omar Arenas Pérez

Breve nota sobre el derecho a la seguridad personal, su alcance constitucional e internacional, y su cumplimiento en Venezuela.

Dentro de los derechos de primera generación, nos encontramos con los derechos civiles y políticos, y dentro del abanico de los derechos políticos, nos encontramos con el derecho a la seguridad, este derecho no es mas, si no, aquel derecho fundamental que tiene toda persona al goce de bienestar, que se deriva de la tranquilidad y la estabilidad que proporciona la existencia de sistemas, y organizaciones de fuerzas públicas especializadas, quienes ejercen el papel de garantes de este derecho.

Para comenzar, es necesario desglosar del derecho a la seguridad, el derecho a la seguridad personal, ya que junto a este, también están, el derecho a la seguridad social o el derecho a la seguridad jurídica.

El derecho a la seguridad personal, es al que voy a hacer referencia en este artículo, centrándome, en la potestad de las personas en demandar mecanismos de protección al Estado, ya que este, debe velar por la seguridad de cada uno de sus ciudadanos, frente a otros individuos, y frente a órganos subordinados a los poderes soberanos.

Ahora bien, para poder garantizar el derecho a la seguridad personal, nos encontramos con sistemas y órganos garantes de la libertad y la seguridad, quienes deben resguardar su integridad, frente a los mismos organismos del Estado. Y a su vez nos encontramos con órganos conformados por fuerzas de carácter público, bien sean a nivel, local, regional, nacional e incluso internacional, quienes deben estar preparadas y especializadas en el seguimiento y control de todo individuo, grupo u organización que pudiera considerarse un peligro para la sociedad. Continuar leyendo «VENEZUELA, DERECHOS HUMANOS, DERECHO A LA SEGURIDAD»

DERECHOS POLÍTICOS, DERECHO INTERNACIONAL Y DEMOCRACIA

Por Omar Arenas Pérez

Los gobernantes deben entender los derechos políticos como parte fundamental de los derechos humanos, y comprender su importancia para las democracias modernas. 

Los derechos políticos como categoría de derechos humanos de primera generación, se encuentran presentes en todas las cartas de reconocimiento de derechos inherentes a las personas, tanto en las de carácter universal, como en las de carácter regional.

Con el devenir de los tiempos  y como resultado de las constates luchas y contiendas, y más especialmente con las libradas en la década de los 60, el reconocimiento  de los derechos políticos ha quedado materializado en la consagración de documentos específicos y especializados, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966.

El derecho del individuo a tomar parte en el gobierno, directamente o por intermedio de representantes libremente elegidos, es el derecho que tiene todo ciudadano adulto a acceder al proceso o procesos que le permitan su ejercicio efectivo. Todos tienen derecho a formar parte del gobierno nacional, a crear un partido u organización política o a adherirse a ellos, y a ejercer efectivamente los derechos políticos esenciales, ya que sin ellos la participación carecería de sentido. A la par de ello, todos tienen derecho a la seguridad y a la protección general de sus derechos humanos.

Lamentablemente los derechos de los ciudadanos están en una constante batalla con quienes detentan el poder, como consecuencia de los abusos que a menudo de él se hace. Afectando y limitado el ejercicio de las libertades tan duramente conquistadas.

Para comprender parte de los derechos humanos, es importante conocer que el componente de  derechos políticos y electorales no debe ignorarse, en la medida en que los aplicables al contexto electoral no pueden estar sometidos a ninguna derogación, mientras que otros pueden sólo limitarse conforme a la ley y, entre otras limitaciones, en la amplitud razonablemente necesaria en una sociedad democrática.

En tal sentido, para que sea  efectivo el ejercicio del derecho al sufragio, por ejemplo, debe existir libertad de expresión, reunión y asociación, como requisitos indispensables. Los derechos políticos, como la libertad de opinión y la libertad de reunión o de intercambio de ideas e información, son esenciales para la consolidación del estado de derecho.

En un estado democrático, es importante mantener permanentemente el diálogo y, consiguientemente, la presión y supervisión  sobre la práctica nacional para garantizar la respectiva adecuación de las normativas internacionales.

En derecho internacional, las obligaciones no son en término general autoejecutables, sino que deben ser objeto de incorporación y aplicación en el plano nacional. Aunque los instrumentos de los derechos humanos, ya sean universales o regionales, no incluyen formalmente la obligación de promulgar una legislación especial.

Por otra parte, ya que los partidos son instituciones necesarias para la democracia, estos tienen derecho a presentar candidatos, y el estado tiene el deber de disponer de procedimientos de control para asegurar la apropiada protección de los derechos políticos. Cuando se trata de partidos políticos, únicamente razones convincentes y de peso pueden justificar restricciones a la libertad de asociación y participación.

Si bien es cierto que los estados tienen un amplio margen para ejercer su propio criterio cuando establecen las condiciones de admisibilidad de los partidos políticos. El principio según el cual los derechos deben ser efectivos implica que el procedimiento de admisibilidad contenga suficientes garantías para prevenir la adopción de decisiones arbitrarias. Salvo, sólo por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena por sentencia definitiva emitida por un juez competente, previo proceso penal. Solo así se puede limitar el ejercicio de los derechos políticos.

Los estados gozan de una amplia libertad de elección para determinar el camino para alcanzar el objetivo internacionalmente requerido. Actualmente, a inicios del segundo milenio, ese imperativo continúa vigente, en  un contexto social y político que debe garantizar la libre expresión de la voluntad de los pueblos. El conjunto de experiencias propias y ajenas, hace que se ponga mayor énfasis en la dimensión de los derechos humanos que subyace en el principio de libertades políticas y la necesidad esencial de protegerlos sin discriminación, como una condición de democracia, que implica el respeto a los derechos políticos.

@omararenas

omararenas@dialogopolitico.net

Escúchelo aquí:

DERECHOS HUMANOS. ¿Y EN VENEZUELA?

Breve reseña del significado y la importancia de “los derechos humanos”, así como su posible violación y desconocimiento en Venezuela.

Por Omar Arenas Pérez

No sabemos con certeza el origen de los derechos humanos, algunos lo vinculan directamente con la cultura de las sociedades democráticas occidentales, otros sostienen que sus inicios se remontan a sociedades antiguas que reconocían la dignidad del ser humano como tal. Lo que si es cierto es que de una u otra forma, los derechos humanos han ido reconociéndose a medida que las civilizaciones han ido evolucionando,  podemos señalar que gracias a la cultura del “mundo moderno”, esta materia hoy en día cuenta con un reconocimiento importante.

La palabra “Derecho” en el sentido estricto del concepto de los derechos inherentes al ser humano, no es sino aquella facultad  natural de la que goza todo individuos para hacer valer lo que la ley establece a su favor, y de forma legítima alcanzar como fin ultimo el respeto y reconocimiento absoluto a la vida y su libertad.

Las  democracias actuales a lo largo de experiencias y situaciones políticas, han conseguido allanar el camino Continuar leyendo «DERECHOS HUMANOS. ¿Y EN VENEZUELA?»

CIDH: Venezuela «penaliza a la oposición»

Fuente:  www.bbc.co.uk

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su «profunda preocupación» por lo que define como las «limitaciones» a la libertades en Venezuela.

«Tenemos una profunda preocupación por los acontecimientos recientes en Venezuela. (…) Nos parece que se está usando el poder punitivo del Estado para silenciar a los opositores en ese país», aseguró el presidente de la Comisión, Felipe González.

Es el tercer pronunciamiento que hace la CIDH con relación a Venezuela en menos de una semana, en momentos en que las relaciones entre el organismo y el gobierno venezolano pasan por uno de sus peores momentos.

El primero fue tras el arresto del ex gobernador del Zulia, Oswaldo Álvarez Paz, y la segunda este jueves a raíz de la detención de Guillermo Zuloaga, presidente del canal de noticias Globovisión, al que el gobierno venezolano considera como factor de oposición.

Desde Caracas, el canciller venezolano, Nicolás Maduro, rechazó los dos comunicados previos de la Comisión producidos «en tiempo récord», y cuestionó lo que calificó de «utilización politizada» del organismo, en una nota distribuida este viernes por la Cancillería venezolana. Continuar leyendo «CIDH: Venezuela «penaliza a la oposición»»

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