Por Mariale Mikelson
Para poder entender el por qué de la posible salida de Venezuela de la CIDH, debemos remontarnos al Gobierno de Hugo Chávez Frías, quien a finales de abril del 2012 en un discurso público expresó: «Pido al señor vicepresidente (Elías Jaua) que aceleremos la instalación del Consejo de Estado y lo primero que le voy a pedir es un estudio para retirarnos de inmediato de la tristemente célebre CIDH (Comisión Interamericana de Derechos Humanos). Ya basta. ¿Hasta cuándo vamos a estar con esta espada de Damocles?”
Esta amenaza se concretará bajo el mandato de Nicolás Maduro, el próximo 10 de septiembre, fecha en la que se cumple un año desde que el gobierno venezolano denunció la Convención Americana sobre Derechos Humanos y manifestó formalmente su deseo de retirarse de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; de acuerdo con lo que estipula el texto de la Convención, en su artículo 78, los Estados podrán denunciarla «mediante un preaviso de un año» que deben formalizar ante el Secretario General de la OEA; existiendo la posibilidad que durante el transcurso de ese año el Estado pueda reconsiderar su decisión; sin embargo somos conscientes que el actual gobierno no se retractará y mantendrá firme el deseo de retirarse de la CIDH; nos basta sólo con las declaraciones de Elías Jaua (actual Canciller), quien el sábado pasado expresó: “No somos nosotros los que tenemos que rectificar como quieren algunas llamadas organizaciones de derechos humanos, son la Corte IDH y el sistema interamericano de derechos humanos los que tienen que rectificar”
Pero se preguntarán “¿Por qué es importante pertenecer a la CIDH?” Los Derechos Humanos deben respetarse y protegerse en todos los países, en el caso de que esto no suceda, las personas pueden obtener la protección de sus derechos haciendo uso de tribunales internacionales; es decir, que el pertenecer a la CIDH brinda una instancia adicional a los ciudadanos que no vean satisfechas sus pretensiones, relativas a Derechos Humanos, en el ámbito judicial de su país.
De la posible salida de Venezuela se desprenden consecuencias claves que debemos tomar en consideración; en principio esto iría en contra de la propia Constitución, específicamente en contra de lo establecido en el Título III, Capítulo I “De los Derechos Humanos, garantías y deberes”; así encontramos el artículo 31, del cual podemos destacar dos aspectos. El primero, es que establece el derecho de toda persona a presentar quejas o reclamos ante organismos internacionales de Derechos Humanos creados por tratados; esto es lo que conocemos como el “Derecho de Petición Internacional”, derecho constitucional que no se puede borrar o desconocer. Y el segundo aspecto, es la mención que se hace al deber que tienen los órganos de Estado de ejecutar las decisiones internacionales adoptadas por esos tribunales. De igual forma el artículo 23 otorga rango constitucional a los tratados sobre Derechos Humanos.
Y como si fuera poco, en el artículo 339 de la Constitución Nacional están incluidos los tratados sobre Derechos Humanos como la Convención Americana de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, es decir, que el pertenecer a la CIDH es de rango constitucional; e incluso podríamos interpretar que Venezuela no podría desincorporarse por una decisión del Poder Ejecutivo y ni siquiera de la Asamblea Nacional, debiendo recurrir a los procedimientos de reforma constitucional, ya que un acto de Ejecutivo Nacional no puede modificar la carta magna.
A pesar de violar flagrantemente la Constitución, el actual gobierno hasta la fecha no ha hecho ningún esfuerzo por revertir esta inminente situación; sin embargo de materializarse la salida de Venezuela, el país sigue vinculado para siempre por los hechos que ocurrieron mientras estuvo en vigencia la Convención Americana, incluido ese año de “preaviso”, es decir, que todos los sucesos que ocurrieron mientras estuvo en vigencia seguirán siendo responsabilidad del estado venezolano; es por ello que este lunes 9 de septiembre se ha presentado ante la CIDH la impugnación sobre las elecciones del 14 de abril de 2013.
El problema radica en que una vez concretada la salida de Venezuela, ésta trae consigo, la negativa a los venezolanos, de poder acudir a dicha instancia internacional; así mismo, la CIDH no podrá examinar nuevos casos de quejas individuales sobre la violación de Derechos Humanos, y sólo podrá estar atenta a la situación de los Derechos Humanos en Venezuela para producir informes especiales. Otra de las consecuencias es que el hecho de pertenecer a la CIDH nos permite denunciar si el país cumple o no con las obligaciones contenidas en la Carta de la Organización de Estados Americanos, denuncias que no se podrán llevar a cabo si Venezuela sale de la CIDH.
Una vez más, el Gobierno Venezolano, viola la Constitución Nacional, incrementando, el ya existente clima de inseguridad jurídica que vive en el país; esto es un reflejo de la situación que padecen presos políticos como Iván Simonovis y Leocenis García, a quienes se les ha negado la justicia y el debido proceso, por estar el Poder Judicial en su conjunto secuestrado por el ejecutivo nacional.
Debemos entender que la protección jurídica de una persona, es más efectiva cuando cuenta, no sólo con protección nacional, sino con protección internacional; en conclusión, los Derechos Humanos NO deben ni pueden tener color, ni mucho menos tilde político.
@marialemikelson